top of page

NOTICIAS

Nuevo Real Decreto transpone la directiva sobre Eficiencia Energética

08-03-2016

 

España finalmente transpone la Directiva 2012/27/UE relativa a Eficiencia Energética. Esta debía de haber sido transpuesta según cita esta directiva "A más tardar el 30 de junio de 2014". Así pues, con cierto retraso, aparece el Real Decreto 56/2016 que viene a transponer parcialmente esta directiva, aunque el real decreto cite simplemente que la transpone, sin mencionar parcialmente.

 

El Real Decreto 26/2016 deja de un lado temas tratados por la Directiva 2012/27/UE como la cuestión de los Contadores y la Información sobre la facturación, la Promoción de la eficiencia en calefacción y refrigeración, y muchos otros. En términos generales el real decreto es un parche a la cuestión energética, que no aborda el tema desde un punto de vista global como así lo hace su correspondiente directiva europea.

 

Atendiendo a lo estipulado en el real decreto, fuera de opiniones, este sienta las bases para la realización de auditorías energéticas. Estas son de obligado cumplimiento para: "grandes empresas, entendiendo por tales tanto las que ocupen al menos a 250 personas como las que, aun sin cumplir dicho requisito, tengan un volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros..." (Artículo 2.1). Estas deben de llevar a cabo cada 4 años, o se debe “aplicar un sistema de gestión energética o medioambiental”. Para lo cual se dispone de 9 meses desde la fecha de entrada en vigor del real decreto (14/02/2016). Y considera que las auditorias realizadas conforme a las normas UNE-EN-16247 (partes 1, 2, 3 y 4) cumplen con el alcance exigido por este real decreto.

 

Volviendo una vez más al análisis del resultado de este Real Decreto, se hace referencia omisa a la eficiencia en la producción y el consumo de medianos y pequeños actores.  En el Capítulo IV titulado “Promoción de la eficiencia energética en la producción y uso del color y del frío”, se dan directrices absolutamente genéricas que dan la posibilidad a las comunidades autónomas de "adoptar políticas que fomenten ... el uso de sistemas de calefacción y refrigeración eficientes". La administración central, por su parte, se compromete cada cinco años a llevar acabo: "una evaluación completa del potencial de uso de la cogeneración de alta eficiencia y de los sistemas urbanos de calefacción y refrigeración eficientes". De tal manera que no atacan, ni regulan ninguna de las reales posibilidades de mejora. Se menciona tan solo a actores marginales en el tema energético. Sí se cita en este capítulo IV del real decreto la cogeneración tímidamente, y las instalaciones industriales cuya potencia térmica sea superior a 20MW (potencia equivalente a la de una central de generación térmica).

 

Y para finalizar y dar una pincelada a como se ha transpuesto la directiva, la cuestión tratada en el Capítulo IV del real decreto (“Promoción de la eficiencia energética en la producción y uso del color y del frío”) ocupa en un espacio ínfimo en comparación con la extensión con la que lo trata la directiva. Prueba final de lo desequilibrado de este real decreto, que es más un elemento disuasorio de posibles penalizaciones de la comisión europea, por no haber transpuesto la directiva, que un documento que fomente la eficiencia energética.

 

FUENTES:

- Directiva europea 2012/27/UE

- Real Decreto 56/2016

NOTICIAS:

- Circutor resume los puntos clave del nuevo Real Decreto 56/2016

- Caos legal al aprobar el Gobierno dos normas opuestas sobre autoconsumo

 

 

 

Nuevo Real Decreto
bottom of page